Montederramo abre el plazo para solicitar ayudas de hasta 70 euros por alumno para la compra de material escolar del curso 2026-2027

RibeiraSacraXa
Las familias con hijos en Infantil, Primaria o ESO empadronados en el municipio podrán pedir una subvención para libros y material escolar durante un mes desde la publicación del extracto en el BOP de Ourense
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21 Sep 2026

El Concello de Montederramo ha aprobado las bases reguladoras y la convocatoria de 2026 de las ayudas destinadas a la adquisición de material escolar. La resolución se adoptó mediante decreto de la Alcaldía con fecha del 16 de septiembre de 2026, y su extracto se publica conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

A quién van dirigidas

Las ayudas están pensadas para las familias del alumnado matriculado en el curso 2026-2027 en centros docentes de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria (ESO) que residan en el municipio.

Podrán solicitarlas los progenitores o las personas que ejerzan la tutela o custodia legal de los menores, siempre que cumplan estos requisitos:

  • Que al menos uno de los progenitores o tutores esté empadronado en Montederramo, en el mismo domicilio que el alumno o alumna, en la fecha de publicación de las bases.
  • Que el alumno o alumna para quien se pide la ayuda esté también empadronado en el municipio y en el mismo domicilio que la persona solicitante en esa misma fecha.
  • Que la persona solicitante esté al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria estatal y autonómica, con la Seguridad Social y con el propio Concello.

Cuantía

La ayuda consiste en una cantidad fija de hasta un máximo de 70,00 euros por alumno o alumna.

Qué material se puede financiar

Las bases incluyen un amplio listado de material subvencionable, entre el que figuran libros de texto, cuadernos de trabajo, de escritura y de dibujo, partituras, mapas, cartulinas, papel de colores, plastilina, folios, bolígrafos, lápices, rotuladores, pinturas, témperas, acuarelas, correctores, pegamentos, tijeras infantiles, compases, gomas de borrar, sacapuntas, carpetas, archivadores, reglas, calculadoras básicas, diccionarios, estuches y mochilas, así como otros elementos que tengan la consideración de material escolar.

Quedan excluidos uniformes, material y ropa deportiva, grapadoras, material electrónico de cualquier tipo (ordenadores, memorias USB, cartuchos de tinta y tóner, impresoras, libros electrónicos, plataformas digitales u otros dispositivos informáticos), así como otros artículos como dymos o trades.

Plazo y forma de presentación

El plazo para presentar las solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación del anuncio del extracto de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense.

Las solicitudes podrán presentarse de forma presencial en el Registro General del Concello, utilizando el modelo del anexo I de las bases, o por vía electrónica a través de la sede electrónica municipal (montederramo.sedelectronica.gal). También es posible utilizar cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En ese caso, el mismo día de la presentación deberá enviarse el justificante al correo electrónico concello.montederramo@eidolocal.es.

Documentación necesaria

Junto con la solicitud, firmada por el progenitor o la persona que ostente la tutela o custodia del alumno, deberá aportarse:

  • Copia del DNI de la persona solicitante, de los progenitores o, en su caso, del solicitante.
  • Copia del libro de familia o documento equivalente.
  • Certificación del centro escolar o acreditación de la matrícula en el curso 2026-2027.
  • Certificado de titularidad bancaria de la persona solicitante.
  • En caso de divorcio o separación, copia del convenio regulador o de la sentencia judicial, o documento equivalente que acredite la custodia del menor.

Las familias con varios hijos deberán presentar una única solicitud. Además, la presentación de la solicitud supone la aceptación incondicional de las bases por parte de quienes la formulan.

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