El Concello de Monforte destina 15.000 euros en ayudas para asociaciones culturales, lúdicas, recreativas y formativas

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La convocatoria contempla subvenciones de hasta 1.000 euros por entidad para apoyar actividades sin ánimo de lucro que se desarrollen durante el ejercicio 2026
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15 Jun 2026

El Concello de Monforte de Lemos aprobó este lunes las bases reguladoras de una nueva convocatoria de subvenciones destinada a asociaciones culturales, lúdicas, recreativas y formativas inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones. El objetivo de esta iniciativa es apoyar la realización de actividades a lo largo del ejercicio 2026 mediante una partida global de 15.000 euros.

La aprobación se produjo en la sesión de la Junta de Gobierno Local celebrada el 15 de junio. Una vez que el extracto de la convocatoria sea publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), las entidades interesadas podrán presentar sus solicitudes a través de la Sede Electrónica municipal durante un plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación.

Según recogen las bases, estas ayudas están dirigidas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro del municipio que desarrollen actividades de carácter cultural, lúdico, recreativo o formativo y que estén inscritas en el correspondiente registro municipal.

El alcalde de Monforte, José Tomé Roca, destacó que la finalidad de esta convocatoria “es fomentar que las asociaciones culturales y lúdicas puedan desarrollar actividades de interés y potenciar de este modo las iniciativas que puedan surgir desde los distintos ámbitos de la sociedad que tengan como fin difundir, promover, conservar e impulsar manifestaciones culturales de todo tipo”.

Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva y estarán destinadas a la financiación de programas, proyectos y actividades promovidos por entidades sin ánimo de lucro dentro del término municipal de Monforte de Lemos durante el año 2026.

Las bases establecen que el importe máximo de cada ayuda será de 1.000 euros y que, en ningún caso, podrá superar el 70 % del coste subvencionable de la actividad presentada. Además, las subvenciones tendrán carácter único y no acumulativo, sin que puedan exceder el coste total de la actividad desarrollada por la entidad beneficiaria.

Entre los gastos excluidos figuran los relacionados con la reforma o acondicionamiento de locales, la adquisición de vestuario, las actividades con ánimo de lucro y cualquier otro gasto ajeno al proyecto presentado. También quedan fuera de esta convocatoria las fiestas patronales, las actividades deportivas, las comidas y los eventos de carácter religioso.

Podrán optar a las ayudas las asociaciones legalmente constituidas que desarrollen actividades de interés general para el municipio, ya sean de carácter cultural, vecinal, popular, profesional, lúdico o recreativo, y que cuenten con domicilio social, sede o representación en Monforte de Lemos.

Las entidades deberán carecer de ánimo de lucro, estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones en el momento de la solicitud y encontrarse al corriente de sus obligaciones con el Concello, con la Agencia Tributaria, con la administración autonómica y con la Seguridad Social. También deberán no estar incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias de subvenciones públicas y tener debidamente justificadas las ayudas municipales recibidas en convocatorias anteriores.

Quedan excluidas de la convocatoria las asociaciones y entidades deportivas, así como aquellas entidades de iniciativa social autorizadas para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la inclusión social. Tampoco podrán acceder a estas ayudas las entidades que reciban durante el ejercicio subvenciones nominativas del Ayuntamiento para las mismas actividades.

Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la documentación establecida en las bases de la convocatoria, que será publicada junto con los formularios en la página web municipal.

Entre los documentos requeridos figuran la solicitud oficial, la identificación de la persona representante de la entidad, una memoria detallada del programa de actividades previsto para 2026, el presupuesto de ingresos y gastos, los datos bancarios para el pago de la subvención y diversas declaraciones responsables relativas a las ayudas solicitadas para la misma finalidad y al cumplimiento de las obligaciones legales y tributarias.

La memoria deberá incluir información detallada sobre las actividades previstas, indicando fechas, lugares de realización, responsables de su desarrollo, objetivos y destino de los fondos solicitados. Por su parte, el presupuesto deberá recoger tanto los gastos previstos como las posibles ayudas solicitadas o concedidas por otras administraciones o entidades públicas y privadas.

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