Otros dos fallos favorables del TSXG relacionados con eólicos dan la razón al Gobierno autonómico

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Ángeles Vázquez destaca que la última sentencia del Alto Tribunal gallego no solo aplica la misma doctrina que el Supremo y la Justicia europea sino que analiza a fondo toda la documentación y los informes de las evaluaciones ambientales
Imaxe recurso de eólicos
6 Oct 2026

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado los acuerdos de la Xunta de Galicia que declararon la utilidad pública y la compatibilidad con diversos aprovechamientos forestales de las instalaciones del proyecto del parque eólico Coto da Mina, ubicadas en Irixo y Piñor (Ourense), y del parque eólico Treboada, situadas en San Xoán de Río, Castro Caldelas, Chandrexa de Queixa, A Pobra de Trives (Ourense) y Ribas de Sil (Lugo).

Treboada

La Sala advierte de que “no se puede en este litigio reabrir un debate que se tenía que haber planteado frente a las autorizaciones previa y de construcción, por lo que debe desestimarse el motivo y pretensión relacionados con que el proyecto industrial autorizado no satisface una necesidad colectiva, ni maximiza el bienestar general”.

El tribunal, por lo tanto, entiende que la asociación ecologista recurrente sí tiene legitimación para cuestiones ambientales, pero destaca que no puede reabrirse en este proceso el debate sobre la autorización de construcción previa, que no ha sido impugnada en el recurso. Asimismo, analiza el alcance del control judicial sobre la causa expropiandi en instalaciones eléctricas y recuerda que, si bien la utilidad pública del sector está declarada por ley, corresponde justificar en cada caso la necesidad concreta y la proporcionalidad de los bienes a expropiar.

En la sentencia, el TSXG concluye que la parte recurrente no acredita titularidad ni interés singular sobre las parcelas afectadas por la expropiación, de modo que señala que carece de legitimación para impugnar la relación de bienes a expropiar. A ello añade que los argumentos aportados, vinculados a la adecuación del proyecto y a impactos ambientales, no permiten invalidar el acuerdo impugnado.

Los magistrados señalan que “es evidente que si la promotora relacionó los bienes y derechos a expropiar fue porque no disponía de ellos y eran necesarios para ejecutar el proyecto autorizado; y también es presumible que, antes de adoptar el acuerdo, la autoridad gubernativa verificó que aquéllos respondían a la causa expropiandi y que no existía otra alternativa menos lesiva para conseguir ejecutar el parque eólico”.

En definitiva, destaca que, “sea como fuere, y esto es lo que ahora importa, no ha acreditado la asociación que fuera titular de alguno de las parcelas a expropiar, por lo que en este punto carece de legitimación activa para defender derechos e intereses ajenos, que no son actuaciones de tipo medioambiental para las que sí cuenta con legitimación”. La sentencia no es firme, pues cabe interponer recurso de casación.

Coto da Mina

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo subraya en el fallo que “no se puede en este litigio reabrir un debate que se tenía que haber planteado frente a las autorizaciones previa y de construcción, que sí se sigue en otro litigio, por lo que debe desestimarse el motivo y pretensión relacionados con que el proyecto industrial autorizado no satisface una necesidad colectiva, ni maximiza el bienestar general”.

La Sala aprecia que la declaración de utilidad pública y la tramitación exigida por la normativa sectorial y expropiatoria no han sido vulneradas de forma que quepa anular el acuerdo impugnado, por lo que desestima el recurso interpuesto por la asociación ecologista y confirma el acuerdo de la Xunta. La sentencia no es firme, pues contra ella se puede interponer recurso de casación.

REACCIÓN DE LA XUNTA

La Xunta celebra la última sentencia de la sección 2ª del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en relación al parque eólico de Bustelo al considerar que, por primera vez, este órgano avala la tramitación ambiental de este tipo de proyectos que realizó en la Comunidad a lo largo de los últimos años.

Así lo destacó la conselleira de Medio Ambente e Cambio Climático, Ángeles Vázquez, que se reunió esta mañana con representantes de la Asociación Eólica de Galicia (EGA) para analizar precisamente la situación actual del sector en la Comunidad y las repercusiones de esta última resolución judicial sobre su futuro desarrollo.

Tras analizar el contenido de la sentencia, conocida la semana pasada, la responsable autonómica incidió en que su importancia radica no solo en el hecho de que ratifique la legalidad ambiental del parque sino en el propio fondo.

En este sentido, explicó que el Alto Tribunal gallego no se limita a aplicar la doctrina que ya había quedado establecida por el Supremo y la propia Justicia europea y que avala la tramitación fragmentada de los proyectos, sino que analiza también en profundidad y con detalle toda la documentación y los informes acercados en el marco de la evaluación ambiental del proyecto, concluyendo que no existe ninguna prueba que ponga en entredicho su validez o suficiencia.

De hecho, en la misma línea adelantó que hoy mismo se conocieron otras dos sentencias favorables del TSXG (en este caso, por parte de la Sección Tercera) que le dan también la razón a la Xunta en relación a otros dos parques paralizados.

Por lo expuesto, Ángeles Vázquez y los representantes de EGA celebraron que estas últimas decisiones judiciales puedan marcar un cambio de tendencia para el sector en Galicia y coincidieron en la necesidad urgente de desbloquear la actual situación para avanzar hacia la neutralidad climática, un objetivo que la Xunta fijó por ley en el horizonte de 2040.

"Cada año que perdemos en este bloqueo es un año y una batalla perdida contra el cambio climático", resumió la conselleira, que recordó que el Gobierno gallego aplica en la tramitación de este tipo de proyectos el criterio del interés público superior reconocido por la UE en el caso de las energías renovables, como elemento clave para poder avanzar en los retos de descarbonización comunitarios.

Hace falta recordar que la potencia eólica asociada a los 87 proyectos de nuevos parques eólicos actualmente paralizados es de 2.363 MW, el que evitaría la emisión a la atmósfera de 2,5 millones de toneladas de CO2 y condiciona, por lo tanto, la capacidad de la Comunidad para cumplir en tiempo y forma sus propios objetivos climáticos.

En este sentido, Ángeles Vázquez recordó que además de desbloquear la implantación de nuevos proyectos eólicos en Galicia, también es importante la repotenciación de aquellos parquesra ya opetivos y que buscan mejorar su eficiencia con la reducción del número de aerogeneradores y su relevo por otros más avanzados tecnológicamente. En concreto, indicó que la día de hoy están autorizadas 9 repotenciaciones, 5 de ellas ya en obras, y que su departamento tramita otras 10 solicitudes voluntarias.

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