Desestimada una denuncia contra el Ayuntamiento de Monforte por una caída en la calle Compañía

RibeiraSacraXa
El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo ha desestimado una denuncia contra el Ayuntamiento de Monforte, presentada a raíz de una caída sufrida en la calle Compañía.
concello monforte
25 feb 2021
El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo ha desestimado una denuncia contra el Ayuntamiento de Monforte, presentada a raíz de una caída sufrida en la calle Compañía.  La persona implicada pedía una indemnización de 17.660 euros.

El siniestro por el que se interpuso la demanda contra el Ayuntamiento monfortino se produjo el 13 de abril de 2018, cuando la persona afectada iba caminando por la calle Compañía, a la altura del nº 2, cuando, según explicaba en la denuncia "al cruzar el paso de cebra cayó al suelo por culpa del mal estado de la vía, concretamente por un resalte que estaba situado más o menos en el centro del paso de cebra, sufriendo a consecuencia de dicha caída una serie de lesiones en rodilla derecha y hombro derecho”.

Al lugar acudió una patrulla de la policía local que elaboró un informe y sacó fotografías de la zona, además de avisar al 112 para que enviaran una ambulancia, que trasladó a la persona al hospital comarcal.

SENTENCIA DESESTIMATORIA

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Lugo consideró probada la caída en la vía pública de la persona demandante, ya que la Policía Local de Monforte fue avisada del suceso, y también existe un parte de urgencias del hospital comarcal. Si bien, el motivo principal que supuso para el juzgado la desestimación de esta demanda contra el Ayuntamiento fue la "inexistencia de nexo causal" ya que, "el obstáculo que la reclamante califica como causante de su caída no alcanza la relevancia o peligrosidad necesaria para servir de nexo causal entre la caída que nos ocupa y los daños causados por esta y el normal o anormal funcionamiento de servicios públicos".

La sentencia concluye que "nos encontramos ante una levísima irregularidad en el pavimento y ante un desgraciado resultado lesivo, pero no existe ningún funcionamiento anormal del servicio público, por cuanto esa irregularidad debe poder ser salvada en el deambular normal de los viandantes. Prueba de ello es que, tratándose de una calle asiduamente transitada en la localidad no se tiene noticia (no consta) de otros accidentes acontecidos en el mismo punto".

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